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Por: Infobae | 06/06/15

A dos años de la ley de fertilización, lo que todavía falta


La norma incluyó en el Programa Médico Obligatorio (PMO) los tratamientos de fertilización, diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo. Especialistas y asociaciones de pacientes ahondaron en los puntos débiles de la ley. El vacío legal de la subrogación de vientres

La Ley Nº 26.862 de «Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida», sancionada en 2013, brindó la posibilidad de que cientas de parejas que luchaban por ser padres y no contaban con los medios para acceder a un tratamiento de fertilización pudieran llegar a un diagnóstico y tratarse a través de las obras sociales y empresas de medicina prepaga.

Así, el dinero dejó de ser un impedimento para que quien desee un hijo pueda hacer ese sueño –seguramente el más importante de su vida– realidad.

La norma establece que todas las personas mayores de edad que así lo expliciten puedan acceder a los tratamientos de fertilización, como así también a los de diagnóstico, los medicamentos y terapias de apoyo.

Al no considerar la infertilidad como una enfermedad, ni establecer restricciones por edad, estado civil u orientación sexual, quedó abierta la puerta para que las parejas homosexuales y las mujeres solteras también puedan acceder a las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos o embriones.

En el Mes Internacional de la Fertilidad, bien vale el aniversario de la sanción de la tan ansiada ley para hacer un balance de sus logros y de sus puntos débiles.

Si bien las buenas noticias de cada nacimiento que se produjo gracias a la cobertura que dio la ley gratifican, y mucho, si de lograr (más) igualdad y nivelar para arriba se trata, siempre queremos más.

Por eso, y sabiendo que uno de los puntos débiles de la ley es la donación de gametas, Infobae consultó al doctor Sergio Pasqualini (MN 39.914), director científico de Halitus Instituto Médico y presidente de Fundación Repro, para saber qué dificultades se presentan cuando una pareja necesita ese tratamiento para concebir. «En la ley está contemplado el tratamiento con gametas donadas, el tema es que algunas prepagas y obras sociales se escudan en que hay centros de fertilidad que no están habilitados por el Registro Federal de Establecimientos de Salud (ReFES) como centro con banco de gametas (semen y óvulos) y niegan la cobertura», explicó el especialista.

«EN LA LEY ESTÁ CONTEMPLADO EL TRATAMIENTO CON GAMETAS DONADAS, PERO ALGUNAS PREPAGAS SE ESCUDAN EN QUE HAY CENTROS DE FERTILIDAD QUE NO ESTÁN HABILITADOS COMO CENTRO CON BANCO DE GAMETAS Y NIEGAN LA COBERTURA»

Es que, según el artículo 4 de la norma, «el registro único de establecimientos sanitarios habilitados para realizar procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida y los bancos de gametos y/o embriones funcionará en el ámbito del ReFES, dependiente de la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización del Ministerio de Salud de la Nación».

«Lo que ocurre es que en Capital Federal no hay ningún centro habilitado por este organismo, si bien la mayoría califican para estarlo. Es una decisión del Ministerio de Salud que tiene frenadas las habilitaciones, mientras que en algunas provincias sí avanzaron con las habilitaciones, como en la provincia de Buenos Aires», agregó Pasqualini, para quien «por otro lado, no es un argumento válido para que no autoricen los tratamientos porque los tratamientos con óvulos donados se realizan sin criopreservar los óvulos, por lo que no sería necesario un banco; se realizan sincronizando el ciclo de la donante con el de la receptora».

Y destacó: «Muchos pacientes, haciendo uso de su derecho de elegir dónde tratarse, judicializan su caso y la Justicia les da la razón, pero muchos otros ´boyan´ por varios lugares hasta lograr ser atendidos».

En la misma línea se expresó Estela Chardon, cofundadora de la Asociación Civil Concebir (grupo de apoyo para personas con trastornos en la reproducción), quien hizo foco en el problema que se presenta con la criopreservación de embriones: «Por razones de índole médica, no es aconsejable la transferencia a la mujer de más de dos embriones por ciclo. Por lo tanto, para evitar el riesgo de embarazos múltiples, cuando el número de embriones fecundados es mayor de dos, hay que criopreservarlos para que, en caso de ser necesario, puedan ser transferidos en un intento posterior. Pero, nuevamente, en muchos casos no se da cobertura a la criopreservación, lo que en caso de producirse un embarazo múltiple pone en riesgo a la mujer y a los bebés».

Al respecto, Pasqualini opinó: «Algunas cubren la criopreservación y otras no. En realidad, las prepagas, en la medida en que puedan, van a seguir sin cubrir, por eso es importante que los pacientes ejerzan presión». A lo que agregó que «la criopreservación de embriones es una consecuencia del tratamiento y, como tal, debería estar cubierta».

Finalmente, sobre si predominan los tratamientos de alta o baja complejidad, Pasqualini destacó que al ser su centro un referente en el tema, «muchas mujeres/parejas que se acercan ya pasaron por las técnicas de fertilización asistida de baja complejidad (relaciones sexuales programadas e inseminaciones), de allí que recibimos muchos pacientes que agotaron los intentos de inseminaciones o que hicieron numerosos tratamientos de baja complejidad no exitosos y, por lo tanto, tenemos un número menor de casos de baja complejidad y muchos más de alta complejidad, cuando lo habitual es tener más de baja que de alta».

Una encuesta sondeó la puesta en práctica de la ley
La asociación Concebir realizó una encuesta para conocer el estado de situación de los pacientes que deben recurrir a algún método de fertilización para poder tener un hijo.

Según los resultados preliminares del sondeo, realizado a fines de 2014 entre 344 personas con dificultades en la reproducción –con un promedio de edad de entre 35 y 39 años–, el 42% de los encuestados no logró todavía ninguna cobertura para los tratamientos y el 39% consiguió, apenas, acceso a una cobertura parcial. Además, el 24% aún no pudo realizar ningún tratamiento de reproducción. Respecto de la medicación, sólo el 24% obtuvo una cobertura total; el 29% recibió un descuento del 40% y 32% no obtuvo descuentos. «Un dato que nos sorprendió es que el 67% de la muestra no realizó el reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud y que nada más que el 9% inició acciones legales –como amparos– reclamando por la cobertura», señaló Chardon. Y agregó: «Lo que más preocupa de los resultados de la encuesta es la existencia de barreras totales o parciales para el acceso al tratamiento, contraviniendo así lo dispuesto por la ley».

El objetivo de la encuesta «Reproducción Asistida: ¿acceso igualitario?» fue recopilar información acerca de experiencias concretas de implementación de la ley, a efectos de comprender mejor cuáles son las principales barreras para su cabal aplicación. «Cuando hablamos de la aplicación y puesta en vigencia de una ley, no sólo se necesita de la sanción de la misma en manos del Congreso y de un decreto de promulgación, sino que también se requiere de una batería de instrumentos administrativos que son los que ayudan y garantizan la aplicabilidad de dicha ley», explicó Chardon. «La Ley 26.862 fue regulada por el Decreto 956/13, pero éste no fue suficiente para que se ponga en práctica la totalidad de la norma. Quedaron lagunas legales. Por ejemplo, no queda claro qué implica cobertura integral, no sólo en cuanto a la medicación sino también a otros servicios indispensables en los tratamientos como el apoyo psicológico, la criopreservación de embriones o algunos estudios diagnósticos que deberían cubrir tanto el Estado como las obras sociales y las prepagas».

«LA LEY 26.862 FUE REGULADA POR EL DECRETO 956/13, PERO ÉSTE NO FUE SUFICIENTE PARA QUE SE PONGA EN PRÁCTICA LA TOTALIDAD DE LA NORMA. QUEDARON LAGUNAS LEGALES»

El dato de que las parejas que requieren de una donación de óvulos o semen para poder lograr un embarazo son las que más trabas encuentran para acceder a un tratamiento de fertilización no es menor, si se tiene en cuenta que el 44% de los encuestados necesitan gametas donadas para intentar un embarazo.

Acerca de cómo podría darse resolución a las dificultades que encuentra la ley para ser cumplida en su totalidad, la asesora legal de Concebir, doctora Guillermina Pieroni, señaló que «el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Salud deberían dictar las resoluciones que aclaren aquellos puntos que no están claros, de manera que no queden librados a la interpretación de las partes. De todas maneras, primero es fundamental la aprobación de la ley especial que regula los Tratamientos de Reproducción Asistida, que obtuvo media sanción en Diputados en 2014».

«Algo importante a aclarar es que la Ley 26.862 es de cobertura y, por lo tanto, no especifica muchos temas de regulación necesarios. Estas cuestiones adicionales están establecidas en la ley especial con media sanción de Diputados, que actualmente espera el debate en el Senado», aclaró.

Por último, y a pesar de los desafíos pendientes, Chardon evaluó que desde la sanción de la ley se avanzó en relación al reconocimiento de los derechos reproductivos de las parejas, de las madres solteras por elección y de la incorporación de las parejas igualitarias. «Es por ello que seguimos celebrando que dicha ley exista en nuestro país y abogamos para que prontamente se resuelvan los problemas de aplicabilidad que la misma tiene», concluyó.

El vacío legal de la subrogación de vientre
Sobre la técnica que ocurre en la práctica y a la que muchas personas recurren pero que no está legislada, ni cubierta por la medicina prepaga, Pasqualini consideró que «no es imprescindible que haya una ley para realizarla, así como no la hubo por muchos años para las técnicas de fertilización asistida, aunque sería interesante que una norma regule el alquiler de vientres acompañada de una buena reglamentación, porque siempre es mejor trabajar en el marco de una ley, y por otro lado porque si existiese una ley estos tratamientos deberían estar cubiertos».

«Ahora, a partir de la no inclusión del tema de gestación por sustitución en la reforma aprobada del nuevo Código Civil que entra en vigencia a partir de agosto, existe un vacío legal sobre este tema. Sin embargo, no existe una normativa que la prohíba ni que la permita, por lo tanto, puede realizarse. Lo que nosotros queremos lograr con el programa que armamos en Halitus, que contempla el asesoramiento legal y la consulta psicológica, es darle todo el marco posible para que todos avancemos para cuando llegue el día que todos tengan acceso», sostuvo.