“Jurídicamente, decimos que hay maternidad subrogada cuando mediante un acuerdo, una mujer, con consentimiento pleno, admite llevar a término la gestación de un niño mediante técnicas de reproducción asistida, aportando o no su óvulo, con el compromiso de entregar el nacido a los comitentes, que pueden ser sujetos individuales o una pareja matrimonial de idéntico o diferente sexo, que pueden o no aportar sus gametos. Hay que crear conciencia que la maternidad subrogada no está prohibida como muchos afirman”, comienza diciendo la Dra. Fabiana Marcela Quaini, abogada, especialista en Derecho Internacional de Familia.
“Es una alternativa más para lograr que las parejas o personas concreten el anhelo de formar una familia”, agrega el Dr. R. Sergio Pasqualini, médico ginecólogo especialista en reproducción asistida, Director Científico de Halitus Instituto Médico.
Nota completa: Útero subrogado: a la espera de la ley