Investigadores, pacientes de técnicas de reproducción asistida y diputados nacionales de diferentes bloques participarán esta tarde de la jornada de debate «Presentación del proyecto de ley de regulación de los embriones no implantados», en el Congreso Nacional.
Será la presentación en sociedad de una iniciativa que busca poner blanco sobre negro sobre una temática pendiente desde la sanción del Código Civil y Comercial, en 2014, cuando el Poder Legislativo se impuso una obligación que hasta el momento no cumplió: sancionar una ley que tenga por objeto establecer la protección del embrión no implantado.
«Este proyecto tiene por fin saldar esa deuda y terminar con un silencio legislativo que genera prácticas contradictorias». Para el diputado del Frente para la Victoria Daniel Filmus, «una ley de protección de los embriones no implantados es necesaria porque hay un vacío legal que genera inseguridad jurídica. Este vacío legal es problemático no sólo para sus titulares, sino también respecto de las clínicas o centros especializados que, al carecer de marco, en muchos casos obstaculizan los derechos de los pacientes o usuarios y usuarias».
En diálogo con Infobae, el legislador sostuvo que «este vacío legal que existe necesita urgente una ley que regule el tema» y reprochó que «hoy no hay un control efectivo del Estado respecto de qué ocurre con los embriones que no son implantados».
«Cuando uno habla con especialistas aseguran que no tienen ninguna orientación de qué hacer y que la ley sería sumamente importante», dijo sobre la recepción que el proyecto tuvo en la comunidad médica y científica, al tiempo que resaltó que la iniciativa «lleva casi un año de discusión y fue hecha sobre la base de proyectos anteriores que perdieron estado parlamentario, tomando las críticas y los aportes que recibieron».
Y tras asegurar que se trata de un «proyecto plural» en el que están en juego distintos actores, desde pacientes, pasando por los centros de fertilidad hasta las obras sociales, Filmus destacó el consenso pluripartidario que tiene la iniciativa.
Sobre la puesta en práctica de ser aprobado, el legislador señaló: «La ley establece lo que de acá en más deberá de tenerse en cuenta y también regula lo que ocurrirá con los embriones ya congelados. La autoridad de aplicación tendrá que reglamentarlo, pero el proyecto incluye precisiones muy claras de qué hacer en cada una de las situaciones en que los embriones no vayan a ser usados, ya sea por muerte de sus titulares, diferencias de opinión en cuanto a qué uso darle, o bien porque se alcanzó el tiempo límite de diez años, en cuyo caso se destinarán a investigación».
«El Código Civil y Comercial actual establece que la persona humana comienza desde la concepción. Antes aclaraba que comenzaba desde la concepción en el seno materno, pero al no especificarlo claramente, alguien puede entender hoy por hoy que el embrión no implantado es persona sólo por estar ya concebido». El abogado Carlos Massolo es asesor legal de Procrearte y sobre el status de los embriones congelados consideró que «por imprecisiones de la ley argentina, se puede interpretar que un embrión no implantado es persona» y abrió el debate en torno a las parejas que deciden poner fin a la crioconservación.
El letrado explicó que «el fallo de la Corte Interamericana Artavia Murillo dice que no es persona el embrión no implantado, pero la legislación local actual tiene una redacción errática y poco precisa, producto sin duda de negociaciones políticas que evitaron que esto quede plasmado como corresponde».
Acá es cuando cobra relevancia el interrogante sobre qué ocurre con esos embriones que están guardados pero cuyos dadores concluyeron su proyecto reproductivo. ¿Qué se hace con esos embriones? ¿A dónde van?. En ese sentido, Massolo opinó que «la ley actual no fija claramente los límites en cuanto al cese de la crioconservación».
«Nuestra legislación avanzó hacia el criterio de que los hijos son de aquellas personas que han querido tenerlos. La voluntad procreacional por escrito es la que define la paternidad más allá de quién haya aportado los gametos», señaló, al tiempo que concluyó: «La sociedad requiere de manera urgente que los legisladores se ocupen de este asunto que silenciosamente perturba. Hoy por hoy, el cese de la crioconservación sólo podrá tener lugar mediante una autorización judicial que clarifique el alcance de estos embriones no requeridos para un proyecto familiar».
A grandes rasgos, el proyecto establece la prohibición de generar embriones sin el objetivo de ser utilizados con fines reproductivos o terapéuticos. También impide su comercialización, procura limitar el número de ovocitos a fecundar y establece en diez años el plazo de criopreservación.
¿Y qué es lo que ocurre en la práctica» El médico especialista en fertilidad Sergio Pasqualini (MN 39914) explicó a Infobae que «todos los embriones que se generan son para tratamientos de fertilización asistida, no para otro tipo de uso que no sean los reproductivos». Y tras reconocer que «quedan más de los que se transfieren y se congelan» consideró que «es necesaria una ley que diga qué hacer con estos embriones que no tienen un destino definido».
El director científico de Halitus Instituto Médico resaltó que en su centro lograron el primer embarazo por un embrión criopreservado en los años 90 y que conservan embriones de alrededor de 1600 pacientes. «Muchos los usarán las personas que les dieron origen y otros no, pero eso hoy eso no está regulado», sostuvo el especialista, para quien el proyecto que se presentará hoy «da las herramientas y el marco legal para el manejo de esos embriones».
Finalmente, Pasqualini se detuvo en el punto no menor sobre el debate del inicio de la vida en torno a este tema. «Existe una diferencia entre el embrión post implantación y el pre implantado y es el status de ‘persona’, el cual se adquiere después de la implantación en el vientre materno. Así lo determinó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo Artavia Murillo y en ese sentido debe ir la legislación local», consideró.
Stella Lancuba, presidenta de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMeR), explicó que «los centros de fertilidad que reportan datos a la SAMeR están expectantes. Mantienen los embriones congelados hasta tanto exista un marco regulatorio, entendiendo que las decisiones sobre embriones criopreservados corresponden a los criterios autónomos de las personas».
«En los datos que aportan existe la figura del abandono embrionario. Los centros entienden que esta decisión excede sus competencias, situación que perpetúa el abandono y requiere una solución social y legislativa», aseguró.
Lancuba explicó que, por ejemplo, Japón deriva los embriones a investigación si luego de tres años de congelamiento los padres prospectivos no renuevan su mantenimiento o la paciente supera la edad reproductiva. Estados Unidos y Brasil cuentan con reglamentaciones similares, por lo que se propone analizar la posibilidad de derivar los embriones abandonados en Argentina al sistema científico nacional para investigación en células madre, bajo el marco legal que corresponda.
La iniciativa presentada por Filmus cuenta con el acompañamiento de Brenda Austin (UCR), Carla Carrizo (Evolución Radical), Daniel Lipoveztky (PRO), Araceli Ferreyra y Lucila De Ponti (Movimiento Evita), Cecilia Moreau (Unidos por una Nueva Argentina, UNA), Victoria Donda (Somos), Mónica Macha, Laura Alonso, Fernanda Raverta, Analía Rach Quiroga, Mayra Mendoza y Roberto Salvarezza (FPV-PJ). Y su presentación tendrá lugar a partir de las 16 en la Sala 3 del Edificio Anexo de la Cámara de Diputados.
A partir de las 17, en tanto, habrá una mesa de debate con la presencia de Stella Lancuba, doctora en Medicina, especialista en Medicina Reproductiva y presidenta de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMER); Hernán Dopazo, doctor en Ciencias Biológicas, investigador independiente (CONICET) y profesor asociado (EGE, FCEN, UBA); Marisa Herrera, doctora en Derecho, especialista en Derecho de Familia e investigadora (CONICET), y Teresa Bravo, vicepresidenta de Sumate a dar vida (asociación civil de pacientes con dificultades para concebir).
– ¿Por qué hace falta una ley de protección de embriones no implantados?
– Porque hay un vacío legal que genera inseguridad jurídica en relación a los embriones no implantados producto del uso de técnicas de reproducción asistida.
Este vacío legal es problemático no solo -y especialmente- para sus titulares, sino también respecto de las clínicas o centros especializados que, al carecer de marco, en muchos casos obstaculizan los derechos de los pacientes o usuarios/as.
En el año 2014, al sancionar el Código Civil y Comercial, el Congreso de la Nación se impuso una obligación que hasta el momento no ha cumplido: sancionar una ley que tenga por objeto establecer la protección del embrión no implantado. El proyecto de ley tiene por fin saldar esta deuda.
Cada día hay más niños que nacen de técnicas de reproducción asistida, más procedimientos y más embriones criopreservados que no se implantan por diferentes razones. ¿Cuánto tiempo pueden estar en esta situación? ¿Qué se puede hacer? Estas son algunas respuestas que debe dar la ley porque el silencio legislativo genera prácticas contradictorias e inseguridad jurídica.
– ¿Quiénes se benefician con esta ley? ¿Por qué?
– De manera directa, se benefician todas las personas involucradas en los procedimientos de técnicas de reproducción asistida, tanto pacientes como profesionales de la salud; y de manera indirecta, toda la población. Gracias al avance de la ciencia, cada día nace una mayor cantidad de niñas/os y por esta razón es necesario que el procedimiento de reproducción asistida tenga la mayor claridad legal con repercusión directa en la práctica.
El argumento de la falta de regulación respecto del embrión no implantado está siendo utilizado por las empresas de medicina prepaga y obras sociales como justificativo para negar la cobertura de las técnicas de reproducción asistida, en especial la criopreservación de embriones, a sus usuarios/as.
La falta de regulación también repercute en cuestiones como los conflictos que se suscitan a raíz de divorcios y separaciones de la pareja en presencia de embriones criopreservados de titularidad de ambos.
– ¿Qué sucede actualmente con los embriones criopreservados?
– Finalizado el tratamiento con fines reproductivos suelen quedar embriones criopreservados en los centros de salud. Durante un tiempo la persona o pareja titular de esos embriones se ocupa y encarga de abonar la criopreservación. No obstante, después de cinco años de criopreservación se eleva a 30% la tasa de abandono de esos embriones.
– ¿Cuál es el costo de la criopreservación y quién lo paga?
– El costo para el paciente/usuario estimado es de $32.000 anuales. Dependiendo de la situación, el costo puede cubrirlo la obra social, la prepaga o los propios usuarios de manera directa.
– ¿Cuántos embriones están criopreservados?
– Los últimos datos recabados por la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMER) determinan que más de 54 mil embriones se encontraban criopreservados en 2017 en 46 instituciones y un 39,8% fueron congelados antes de 2007.
– ¿Qué propone la ley hacer con los embriones criopreservados?
– El proyecto establece la prohibición de comercialización de embriones y de generación de embriones con el objetivo deliberado de ser utilizados sin fines reproductivos ni terapéuticos.
Procura limitar el número de ovocitos a fecundar con el fin de disminuir el número de embriones a criopreservar.
Establece el plazo de criopreservación en 10 años.
Define de manera precisa cuáles pueden ser los diferentes destinos de los embriones: ser utilizados por sus titulares para posteriores tratamientos, ser donados con fines reproductivos, ser donados con fines de investigación, cesar su criopreservación.