Juan De Gregorio (49) y Maica Moraes (44) se casaron en 2006. Desde el primer día supieron que querían ser padres. Perdieron dos embarazos. Uno de tres meses y el segundo alcanzó los seis meses de gestación; y la delicada intervención que requirió la mujer para salvar su vida le costó el útero.
Siete días en terapia intensiva y 21 transfusiones de sangre; lejos de acobardarla en su cometido, no hicieron más que reforzar su deseo. Al mes de haber recibido el alta, arremetió con su marido: «¿Y cómo vamos a ser papás?», le preguntó. Maica no tenía ya el órgano vital donde alojar un embarazo; pero la acompañaba una convicción: ella iba a ser mamá.
Previsor -y conocedor del temple de su mujer-; Juan había avanzado durante los días de su internación las averiguaciones acerca de cómo adoptar un niño. Y más aún, tenían turno para una entrevista. Faltaban dos meses. Se hicieron largos.
Pero más duro que la espera fue el «baño de realidad» que recibieron en esa cita. «Fue una entrevista descarnada. Nos dijeron que adoptar un bebé era muy complicado y que podría darse en un año; en cinco o podía ser que nunca nos llamen», recordó Juan en diálogo con Infobae. Y en el momento en que cualquier mortal se hubiese dejado ganar por la desazón; a ellos «ese cachetazo» (así lo sintieron y lo recuerda) los ayudó a buscar otras opciones.
«Empezamos a interiorizarnos sobre la subrogación de vientre; se hablaba muy poco en esa época y más que nada relacionado a la farándula», mencionó el hombre. «Los viernes a la tarde yo los tenía libres en mi trabajo y los usábamos con Maica para hacer videollamadas por Skype a clínicas de fertilidad de todo el mundo -evocó-. Veíamos las ventajas y desventajas de cada lugar. En Estados Unidos, por ejemplo, el procedimiento estaba dentro del marco de la ley, pero era muy difícil de abordar para nosotros desde lo económico; en la India estaba más a nuestro alcance monetario pero nos resultaba lejano cultural y hasta socialmente».
Ellos tenían a favor -además de la envidiable entereza-, que Maica conservaba sus ovarios. Por alguna casualidad (o causalidad), el médico que la operó había decidido dejárselos. «Mejor tenerlos que no tenerlos», les había dicho en aquel momento. Y aquello que pasó casi inadvertido en medio del dolor absoluto, se convirtió en la posibilidad de tener un hijo biológicamente propio en un vientre subrogado.
Su familia y amigos estaban al tanto de la situación. Y la ayuda les llegó de donde menos la esperaban. «Yo te ofrezco mi panza», le dijo a la mujer una amiga. «No era una amiga de toda la vida», resaltó Juan. Quizá por eso su esposa no tomó casi en cuenta la proposición . Pasaron diez días y la mujer se lo volvió a ofrecer. «Mirá que yo lo hablé con mi familia y si puedo aliviar tu dolor lo voy a hacer», insistió esa madre de dos hijos adolescentes, separada y nuevamente en pareja.
Recién un mes más tarde Maica se lo hizo saber a su marido.
Y comenzó el periplo por las clínicas de fertilidad, hasta que, en medio del vacío legal que reina en el país en este tema, dieron con el especialista que aceptó implantar el embrión formado por los óvulos de Maica y espermatozoides de Juan en el vientre de la madre subrogante (a quien llamaremos C.)
«Muchas clínicas nos rechazaron y el doctor Pasqualini (Sergio, director de Halitus Instituto Médico) encontró la manera de llevarlo adelante -destacó Juan-. Bajo la forma de una ovodonación, nos dijo que implantaría el embrión que, en los papeles figuraría que fue donado por nosotros a una tercera persona».
«A los dos meses de embarazo, C. tuvo pérdidas y debió hacer reposo y mi mujer iba a su casa a cocinarle, limpiar y hacerle compañía», recordó el hombre, que con el tiempo decidió volcar toda su experiencia en un libro, La fuerza de un deseo.
– B. hoy tiene seis años y siempre dijimos que le íbamos a contar la verdad apenas ella preguntara. Estábamos ansiosos por contarle su historia. (Emocionado, a Juan a esta altura de la charla, la voz se le entrecorta del otro lado del teléfono).
A nosotros nos da orgullo la historia de cómo llegó nuestra hija al mundo; es una historia de amor. Y la verdad salió a la luz naturalmente. Un día que estábamos los tres recostados en el sillón y B. le preguntó a Maica por la cicatriz que tenía en la panza (por el segundo embarazo perdido a la mujer debieron hacerle una cesárea). Y ante la repregunta inevitable sobre si ella había estado también en la panza; le explicamos que no, que mamá y papá habían hecho una semillita y la pusimos en la panza de otra persona y después de un tiempo nació ella.
¿Quién es esa persona?, quiso saber B. Y le dijimos; ella la conocía porque en ese momento venía a casa todos los martes a cuidarla.
Cuando el martes siguiente, C. vino a quedarse con ella, estaba en casa la señora que nos ayuda con las tareas domésticas, y cuando tocó el timbre le abrió B. Nos contó la señora que se le llenaron los ojitos de lágrimas y le dijo «llegó C. hagamosle algo rico para comer, C. hay que cuidarla.
Tres años tenía la niña en ese momento. Y la sabiduría y espontaneidad con que sobrellevó la situación aún hoy emociona a su papá, que otra vez se quiebra al teléfono.
«Cuando uno decide ser papá por un método no tradicional uno se tiene que resignificar, tiene que tomar plena conciencia de que fue de una forma distinta y que hay actores centrales que merecen su lugar -remarcó-. Nunca se nos ocurrió ocultar a la madre subrogante, ella tiene un rol central en la vida de B.».
Hoy la logística familiar llevó a que ya no necesiten esa ayuda de todos los martes, pero la mujer sigue yendo una vez al mes a merendar con su amiga y la pequeña. «Maica es la mamá y C. es la que lo hizo posible, es la persona más importante después de la mamá en la vida de nuestra hija», respondió acerca de si en alguna situación los «roles» habían sido motivo de conflicto entre ellos.
«Lo de C. es de una genialidad tal que le cedió a Maica el lugar en los momentos más importantes -evocó Juan-. Cuando le implantaron el embrión se quedó dormida, como dándole a mi mujer la posibilidad de adueñarse de la escena».
Finalmente, Juan recordó el momento de parto como «muy emotivo». «El médico que la trajo al mundo, Pepe Curto, un amigo de la familia, había estado en nuestros momentos más tenebrosos y pudo darse el gusto de vernos convertidos en padres. Llorábamos todos en la sala de parto; hasta el anestesista, que no nos conocía».
La beba nunca tuvo partida de nacimiento. Sólo el certificado de nacimiento. Hasta que el 26 de junio de 2013, la jueza Carmen Bacigalupo, del juzgado civil 86, le otorgó al matrimonio la maternidad subrogada. A la beba le hicieron un examen de ADN y se confirmó la filiación biológica de los padres.
Llegar a esa instancia les costó un año y dos meses de tener una niña «NN», como el mismo Juan la llama, en su casa.
Ya desde el embarazo habían comenzado a consultar abogados, para el trámite legal que -sabían- los esperaba tras el nacimiento. Diez especialistas vieron, hasta dar con la mendocina Fabiana Quaini, especialista en derecho internacional de familia, quien les dio la posibilidad de elegir entre plantear la figura legal de la adopción del hijo del cónyuge (ya que el certificado de nacimiento estaba emitido a nombre de la madre subrogante y el padre biológico) o bien contar la verdad y pedir el acta de nacimiento formal. Fueron por esta segunda opción. La más difícil, quizá.
Sin embargo, luego de someterse a análisis de ADN, declaraciones (ellos, los médicos, psicólogos y familiares), obtuvieron el fallo que avala que Juan y Maica son los padres de B.
Es el primer fallo judicial sobre maternidad subrogada en la Argentina.
Nunca antes la Justicia había intervenido en el caso de un bebé concebido en un vientre sustituto en el país. Y mucho menos, ordenado la inscripción del niño como hijo de sus padres biológicos.
Es que la subrogación de útero «se trata de una manifestación de voluntades donde una mujer lleva adelante un embarazo para otra persona o pareja. Se aplica como terapia para toda persona/s que deseen tener un hijo y que no tengan posibilidad de llevar adelante el embarazo, por ejemplo, un hombre, dos hombres, o en mujeres por ausencia del útero, por estar afectado o por riesgo de vida para llevar adelante un embarazo», explicó Pasqualini a Infobae.
«En Halitus son los propios padres procreacionales quienes se presentan con su potencial portadora o mujer gestante, que suele ser conocida o familiar. En todos los casos se realiza una evaluación exhaustiva donde padres y portadoras son evaluados desde un abordaje interdisciplinario (clínico, psicológico y legal). Si alguno de los profesionales desaconseja avanzar, el procedimiento no se realiza -detalló-. El tratamiento de fertilización dependerá de cada caso, en este en particular, se realiza una fertilización in vitro, con los gametos de los padres procreacionales, y se transfieren esos embriones resultantes al vientre de la mujer subrogante».
Continuó el especialista en fertilidad. «el procedimiento abarca una etapa de estimulación ovárica, la aspiración de los folículos (recuperación de los folículos entre los días 11 y 15 del ciclo) a la madre procreacional y la posterior inseminación, en un medio de cultivo, con una muestra de semen del padre que contiene espermatozoides de buena movilidad. Luego se mantienen en incubadora y a las 16 horas se examinan los óvulos para ver si alguno está fertilizado.
De ser el caso positivo; se esperan entre 48 horas y cinco días para realizar la transferencia al útero de uno, dos o tres embriones; los de mejor calidad, mediante un catéter. La cantidad a transferir dependerá de su aspecto morfológico y su viabilidad. Así como de los antecedentes de cada pareja. En caso que de ese ciclo se consigan más embriones que los transferidos, se procede a criopreservarlos para su uso en ciclos futuros».
En tanto, la abogada Quaini destacó: «En la Argentina se siguen haciendo las gestaciones por sustitución para tener un hijo. Las respuestas las encontramos no sólo en la cantidad de casos con sentencia favorable que existen en el país; sino en el Código Civil y Comercial de la Nación. Así se decidió que es procedente la acción de impugnación de maternidad respecto de quien prestó su vientre; para que los peticionarios pudieran ser padres de un niño. Ya que si bien la gestación por sustitución no está regulada ella no fue prohibida; por lo cual corresponde aplicar el principio de legalidad (art.19 de la Constitución Nacional); y concluir que cuenta con recepción implícita en el Código Civil y Comercial.
También se afirmó que cuando resulta innegable la voluntad procreacional de los actores, al igual que la responsabilidad procreacional. Esto en concordancia con los artículos 565 y 588 del CCC el consecuente emplazamiento de los peticionantes como progenitores; siendo ello la solución que corresponde a la protección del Interés Superior del Niño. Se considera el derecho del niño a preservar su identidad; como un derecho absoluto inherente a su persona que consiste en el derecho a ser uno mismo y; en la obligación de los demás de respetar la identidad personal».